Los cuatro militares que se encuentran detenidos desde el pasado 5 de febrero, fueron notificados ayer en el Juzgado 1o. de Paz de San Salvador, que se ha recibido de España una solicitud de extradición por su presunta participación en la masacre de los sacerdotes jesuitas, en noviembre del año 1989.

A la audiencia especial informativa comparecieron el coronel Guillermo Alfredo Benavides; el sargento Antonio Ramiro Ávalos Vargas y el cabo Ángel Pérez Vásquez; el sargento Tomás Zarpate Castillo no fue llevado, porque se encuentra ingresado en el hospital Militar.

La audiencia de ayer es parte de las últimas diligencias que se siguen luego que el pasado 11 de marzo, el Consejo de Ministros de España reiterara la solicitud de extradición contra los militares salvadoreños señalados por la Audiencia Nacional de España de asesinar a los sacerdotes jesuitas y sus dos colaboradoras, aunque son reclamados solamente por la muerte de los españoles.

España quiere juzgarlos por los delitos de asesinatos terroristas y crímenes contra la humanidad, en consonancia con el criterio del juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco.

Esa calificación de delito de lesa humanidad es controversial para Lisandro Quintanilla, abogado de los militares. “Ya está altamente discutido el tema de la imprescriptibilidad, el tema que no son delitos de lesa humanidad”, sostuvo el defensor.

Según Quintanilla, aquí no debe proceder la extradición y considera que así debe de resolver la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ya que en mayo de 2012 el máximo tribunal de justicia dijo que los militares no eran extraditables, por lo que a partir de esa decisión se está frente a una cosa juzgada que dota a los acusados de seguridad jurídica, un principio constitucional que los magistrados no pueden violar.

Agrega incluso que los asesinatos no son de lesa humanidad, ya que los delitos de lesa humanidad están comprendidos en el Código Penal a partir del año 1998 y se refieren al genocidio y matanzas sistemáticas del Estado en contra de una etnia y población civil con el objeto de exterminarlos.

Proceso-militares-detenidos-por-caso-jesuitas

Para el abogado, este caso ya fue juzgado bajo la normativa de 1974, la cual fue derogada en abril de 1998, y el Estado de El Salvador resolvió condenando y absolviendo, pero al final todos fueron amnistiados.

A la audiencia también compareció la Fiscalía General de la República. Jaime Cruz, jefe de la Unidad de Asuntos Legales Internacionales, sostuvo que en este proceso los imputados aún no se encuentran en detención con fines de extradición, sino que ya hay una solicitud para que sean trasladados a territorio español previo aval de la CSJ.

Cruz expresó que en este caso la Fiscalía representa los intereses del Reino de España, pero salvaguardando las leyes salvadoreñas y por el momento no pueden expresar si procede o no la extradición.

 

Juzgado debe notificar a las partes procesales

Luego de ser notificados los militares sobre la petición de extradición en su contra, el Juzgado 1o. de Paz deberá notificar de forma oficial a la Fiscalía y los abogados defensores. Tras darse por notificadas, comenzarán a correr tres días hábiles para que presenten por escrito sus alegatos a favor o en contra de la extradición. Luego, el juzgado enviará el expediente a la Corte Suprema de Justicia para que en Corte Plena resuelva si procede o no extradición.